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Consejo de Estado suspende el salario mínimo 2026: ¿qué deben hacer las empresas ahora?

El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo legal mensual vigente para 2026 en $1.750.905 (incremento del 23%). Sin embargo, la decisión no produce efectos inmediatos automáticos.

En el numeral cuarto de la parte resolutiva, el Consejo de Estado dispuso diferir los efectos de la suspensión, lo que significa que el Decreto 1469 de 2025 continúa aplicándose temporalmente.

¿Qué significa que la suspensión fue “diferida”?

  • La suspensión provisional solo será efectiva cuando el Gobierno publique el nuevo decreto que fije el salario mínimo transitorio para 2026.
  • Hasta ese momento, el salario mínimo vigente para 2026 sigue siendo el establecido en el Decreto 1469 de 2025.
  • Las obligaciones laborales y pagos realizados con base en el salario mínimo de 2026 antes de la publicación del nuevo decreto no se verán afectados ni deberán ajustarse retroactivamente.
  • Mientras no se publique el nuevo decreto, el salario mínimo aplicable es $1.750.905.

¿Cómo deben pagar hoy las empresas?

  • Las empresas deben seguir pagando el salario mínimo de 2026 conforme al Decreto 1469 de 2025.
  • Los aportes a seguridad social deben liquidarse sobre ese valor.
  • No es jurídicamente correcto regresar al salario mínimo de 2025.
  • No existe vacío normativo en este momento.
  • Solo cuando el Gobierno expida y publique el decreto transitorio ordenado por el Consejo de Estado cambiará el valor aplicable.

¿Habrá ajustes retroactivos?

El propio Consejo de Estado fue enfático en señalar que la suspensión no tendrá efecto sobre las obligaciones y derechos que ya se hayan causado o pagado antes de la publicación del nuevo decreto. Esto significa que:

  • Los salarios ya pagados no deberán devolverse.
  • No habrá reliquidaciones hacia atrás por lo ya causado.
  • Se protege la seguridad jurídica de empleadores y trabajadores.

En conclusión. La suspensión del salario mínimo de 2026 abre un debate jurídico relevante, pero no altera de inmediato las obligaciones laborales vigentes y, hasta la publicación del nuevo decreto ordenado por el Consejo de Estado, el salario mínimo aplicable sigue siendo el fijado para 2026.

La unidad de derecho laboral y seguridad social de Restrepo & Londoño te acompaña en la correcta interpretación y aplicación de estas decisiones judiciales, minimizando riesgos laborales y financieros.

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