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Obligaciones Societarias 2026

¿Con cuáles obligaciones deben cumplir las sociedades en el 2026?

Como es de conocimiento de los empresarios, de acuerdo con la legislación mercantil de nuestro país, las sociedades registradas en Colombia deben cumplir con múltiples obligaciones dentro del primer trimestre de cada año. Su incumplimiento puede acarrear la imposición de sanciones por parte de las autoridades competentes.

De esta manera, a más tardar el 31 de marzo de 2026, las sociedades colombianas y las sucursales de sociedades extranjeras en Colombia deberán llevar a cabo las siguientes acciones:

    1. Celebrar reunión ordinaria del máximo órgano social

La Asamblea General de Accionistas o la Junta de Socios, dependiendo del tipo societario, debe celebrar su reunión ordinaria con el objetivo de:

      • Aprobar el Informe de gestión del Representante Legal y de la Junta Directiva (este último, en caso de que la sociedad cuente con dicho órgano de administración).
      • Aprobar los Estados Financieros certificados y dictaminados a 31 de diciembre de 2025.
      • Conocer el Informe del Revisor Fiscal, en caso de que la sociedad esté obligada a contar con esta figura.
      • Designar o ratificar a los Administradores.
      • Distribuir utilidades, si hay lugar.
      • Verificar el Cumplimiento de la Hipótesis del negocio en marcha.
      • Informe del Oficial de Cumplimiento: En las sociedades obligadas a implementar este sistema, el Oficial de Cumplimiento debe presentar informe a la junta directiva o al máximo órgano social al menos una vez al año.
      • Reporte de Gestión BIC: Si la sociedad es de Beneficio e Interés Colectivo (BIC), se debe presentar y publicar en la página web un informe sobre el impacto de las actividades del año 2025.
    1. Renovar matrícula mercantil

Debe renovarse anualmente ante la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad, teniendo como base los Estados Financieros del periodo inmediatamente anterior (2025).

      • Sanción: La no renovación oportuna puede generar multas de la Superintendencia de Sociedades de hasta diecisiete (17) SMLMV.
      • Valor 2026: Considerando el salario mínimo para 2026 ($1.750.905), la sanción máxima equivale a $29.765.385.
      • Este trámite puede realizarse de manera virtual.
    1. Depositar Estados Financieros

Aprobados los Estados Financieros con corte al 31 de diciembre de 2025, se deberá depositar copia de estos ante la Cámara de Comercio dentro del mes siguiente a su aprobación. Las sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades están exentas de este depósito en Cámara de Comercio, pues reportan directamente a la entidad.

    1. Actualizar Bases de Datos

Las sociedades con activos superiores a 100.000 UVT que traten datos personales deben actualizar sus bases de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

      • Valor UVT 2026: $52.374.
      • Tope Activos: Sociedades con activos superiores a $5.237.400.000.
    1. Notificar Vigilancia a la Superintendencia de Sociedades

Si la sociedad cumple con los presupuestos de vigilancia, debe notificarlo antes del 31 de marzo de 2026. Una sociedad quedará sometida a vigilancia por el año 2026 si, al 31 de diciembre de 2025, cumple con:

      • Total de activos superiores a 789.390,6 UVT (aprox. $41.343.543.284 para 2026).
      • Ingresos totales superiores a 789.390,6 UVT (aprox. $41.343.543.284 para 2026).
      • Otros supuestos del Decreto 1074 de 2015.
    1. Enviar información y Presentar Informes (SuperSociedades)

Las sociedades vigiladas deben enviar en las fechas establecidas: Estados financieros de propósito general, consolidados y combinados. Además de los informes específicos:

      • Informe 42 (Prácticas empresariales).
      • Informe 75 (SAGRILAFT y PTEE).
      • Informe 58 (Oficiales de cumplimiento).
    1. Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB)

Reportar la información de los Beneficiarios Finales y actualizar la información si ocurrieron cambios al primer día de enero, abril, julio y octubre.

    1. Registro de la Situación de Control o Grupo Empresarial

Cualquier persona (natural o jurídica) que controle una sociedad debe inscribir la situación ante la Cámara de Comercio dentro de los 30 días hábiles siguientes a la configuración del control.

        • Sanción: Multas de hasta 200 SMLMV por cada sociedad controlada.
        • Valor 2026: Hasta $350.181.000.
    1. Inscripción de páginas web en el registro mercantil

Las sociedades deben registrar las páginas web a través de las cuales desarrollen directamente su actividad económica (comercial, financiera o de servicios) e informar a la DIAN las transacciones realizadas. La inscripción no tiene costo.

Nota Final: Es importante tener en cuenta que el aumento del salario mínimo este año fue considerable (23%, llegando a $1.750.905), lo que dispara el valor de las sanciones. Debemos hacer énfasis en esto para que no se descuiden con las fechas de cumplimiento y así evitar sanciones muy altas.

 

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