¿Qué significa que la Corte Constitucional haya avalado la Conmoción Interior?

Hace poco, se conoció una decisión clave: la Corte Constitucional avaló el Estado de Conmoción Interior que fue decretado por el Gobierno Nacional debido a la crítica situación en la región del Catatumbo. Aunque este estado de excepción ya fue levantado, algunos decretos emitidos durante su vigencia, especialmente en materia tributaria, siguen teniendo efecto durante todo el año fiscal 2025.
Ahora bien, te estarás preguntando: ¿por qué es tan importante lo que diga la Corte si el estado ya se acabó? La respuesta es que la Corte tiene la tarea de revisar si este tipo de decisiones del Gobierno cumplen con lo que establece la Constitución. Aunque ya no esté vigente el estado de excepción, sí es clave saber si se ajustó a las normas constitucionales porque de eso depende que sus efectos sigan siendo válidos.
¿Y qué decidió la Corte?
Lo que se ha sabido a través de los medios de comunicación es que la Corte dio su visto bueno al Estado de Conmoción Interior, confirmando que la situación que lo motivó y ciertas medidas adoptadas eran proporcionales y necesarias frente a la situación excepcional.
¿Y qué pasa con los impuestos?
Aquí es donde todo se pone interesante para ti como contribuyente. Aunque la Corte ya validó el Estado de Conmoción Interior, todavía falta que revise uno a uno los decretos que se expidieron durante ese tiempo, entre ellos los relacionados con medidas tributarias.
Esto quiere decir que las normas tributarias adoptadas durante ese periodo todavía pueden ser objeto de revisión constitucional. Y lo que decida la Corte al respecto puede impactar directamente tus obligaciones fiscales, tus declaraciones, tus pagos y hasta tu flujo de caja.
¿Qué debes tener en cuenta?
- Por ahora, las medidas tributarias siguen vigentes.
- Si hiciste pagos o cumpliste con alguna obligación durante ese periodo, no te preocupes, pero mantente atento a la decisión de la Corte sobre estos decretos.
- Lo que se decida allí podría definir si se mantienen tal como están o si se deben hacer ajustes.
En conclusión, aunque el Estado de Conmoción Interior ya terminó, sus efectos en cuanto a las medidas tributarias siguen vigentes. Y como contribuyente, es importante que estés informado y en contacto con tu asesor tributario, para saber cómo te podrían impactar estas decisiones en el futuro.
Gracias por leernos y llegar hasta aquí, buscamos siempre brindarte información de valor.
¡No olvides seguirnos en nuestras redes sociales: YouTube, Canal de WhatsApp, Instagram, Facebook y LinkedIn!
Allí encontrarás información valiosa que puede ser de tu interés.