Plazo para registrar la autoevaluación del SG-SST vence el 31 de julio de 2026
El Ministerio del Trabajo, mediante la Circular 0027 del 26 de febrero de 2026, reiteró la obligación de realizar y registrar la autoevaluación anual de los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Para la vigencia 2026, todas las empresas y contratantes obligados deben registrar la autoevaluación correspondiente al año 2025 y el respectivo plan de mejoramiento en la plataforma habilitada por el Fondo de Riesgos Laborales. El plazo máximo para cumplir con esta obligación es el 31 de julio de 2026.
La obligación incluye el registro formal en la plataforma oficial y la remisión a la ARL para su análisis. Las Administradoras de Riesgos Laborales deberán informar al Ministerio del Trabajo los casos en los que se evidencie incumplimiento.
El no registro oportuno puede generar requerimientos administrativos, investigaciones y sanciones económicas por parte de la autoridad laboral, además de aumentar la exposición frente a riesgos en caso de accidentes de trabajo o visitas de inspección.
Este es un momento clave para que las empresas verifiquen:
- Que la autoevaluación 2025 esté correctamente diligenciada.
- Que el plan de mejoramiento sea coherente y ejecutable.
- Que el registro se realice dentro del plazo establecido.
Recuerde, el SG-SST no es solo un requisito formal, es un componente esencial de la gestión empresarial y del cumplimiento normativo.
La unidad de derecho laboral y seguridad social de Restrepo & Londoño – Smartax acompaña a las organizaciones en la revisión jurídica y estratégica de su SG-SST, previniendo contingencias y fortaleciendo su seguridad jurídica.
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