Una reciente decisión de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia dejó un mensaje que merece especial atención tanto para empleadores como para trabajadores: el retiro parcial de las cesantías únicamente puede destinarse a los fines autorizados por la ley y su utilización debe poder demostrarse.
En la Sentencia SL245-2026, la Corte estudió el caso de un trabajador que solicitó el retiro de $100 millones de sus cesantías para la compra de vivienda. Sin embargo, una vez realizado el desembolso, nunca acreditó que los recursos hubieran sido utilizados para ese propósito, pese a los múltiples requerimientos formulados por la empresa y a las oportunidades que tuvo para explicar o justificar la destinación del dinero. Finalmente, el empleador adelantó el procedimiento disciplinario y terminó el contrato con justa causa, decisión que fue avalada por los jueces de primera y segunda instancia y confirmada por la Corte Suprema de Justicia.
La decisión resulta especialmente relevante porque recuerda que las cesantías constituyen una prestación social de destinación específica. Su finalidad principal es proteger al trabajador cuando pierde su empleo y, de manera excepcional, la ley permite retiros parciales únicamente para finalidades expresamente autorizadas, como la adquisición, construcción, mejora o liberación de vivienda, el pago de educación superior y otros eventos previstos por el legislador. Destinar esos recursos a un propósito diferente desconoce el régimen legal que gobierna esta prestación.
La Corte también destacó que el empleador no actúa como un simple intermediario en estos retiros. La legislación le impone el deber de verificar que las cesantías se utilicen para la finalidad autorizada, pues de lo contrario puede asumir consecuencias patrimoniales derivadas de un retiro irregular. Por esa razón, las empresas están legitimadas para solicitar los soportes que acrediten la correcta destinación de los recursos y exigir su legalización dentro de los plazos establecidos.
Desde la perspectiva del trabajador, la sentencia envía un mensaje igualmente claro: obtener el retiro parcial de las cesantías con fundamento en una finalidad específica genera el deber de demostrar posteriormente que el dinero fue utilizado para ese mismo propósito. No basta con afirmar que los recursos se invirtieron en otra necesidad personal o familiar si ello no corresponde a las destinaciones autorizadas por la ley o si no existen los soportes que permitan acreditarlo.
Ahora bien, la decisión no significa que cualquier incumplimiento relacionado con las cesantías habilite automáticamente el despido. En este caso particular, la Corte valoró la falta de legalización del retiro, la inexistencia de soportes, la desatención reiterada de los requerimientos empresariales, el procedimiento disciplinario adelantado con respeto por el debido proceso y la configuración de una falta grave conforme al reglamento interno de trabajo y a la legislación laboral.
Para las empresas, este precedente representa una oportunidad para revisar sus procedimientos internos relacionados con los retiros parciales de cesantías. Resulta recomendable contar con formatos claros de solicitud, establecer mecanismos de seguimiento para la legalización de los recursos, conservar evidencia de los requerimientos efectuados al trabajador y asegurar que cualquier actuación disciplinaria respete estrictamente el debido proceso.
Para los trabajadores, la enseñanza es igualmente importante: las cesantías no constituyen un ahorro de libre disposición. Su retiro parcial exige cumplir las condiciones previstas por la ley y conservar los documentos que demuestren la correcta utilización de los recursos. Actuar de manera diferente puede generar consecuencias disciplinarias e incluso comprometer la continuidad de la relación laboral cuando concurran las circunstancias previstas por el ordenamiento jurídico.
Restrepo & Londoño – Smartax
“Las cesantías cumplen una función de protección social. Su retiro parcial es una excepción legal que debe utilizarse con responsabilidad, transparencia y pleno cumplimiento de los fines autorizados por la ley.”
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